Eliminación cotorras argentinas y de Kramer

 

Estado del Proyecto

7-May-2021. El Ayto informa de que comienza el plan cuya duración prevista son 2 años. Será ejecutado por las empresas Matinsa y Dypsa.
4-Jun-2020. El Ayto autoriza el contrato para reducir las cotorras argentinas y de Kramer en Madrid.
8-Oct-2019. El Ayto anuncia la preparación de un plan integral para reducir y controlar la población de las cotorras aregentinas.

Financiación

04-12-20: Acuerdo aprobación Expediente y Gasto Anualizado:
..2021: 1.019.164,34€
..2022: 1.528.746,52€
..2023: 382.186,63€

03-12-20: Nuevo anuncio de licitación. Contra la anterior licitación se interpuso recurso, porque sólo se admitían los grupos de Contratación Servicios de asistencia técnica y Servicios de mantenimiento de jardines y parques, ahora se incluye también el grupo Servicios de control de plagas.

En jun/2020 se informa que el presupuesto previsto es 2,9 Mill. € dividido en tres anualidades. Justifican el nuevo importe en base a que los datos anteriores eran cálculos preliminares y que al presupuesto actual se ha llegado tras realizar un estudio con expertos de SEO Birdlife y de la Comunidad de Madrid. Además, la primera cifra contemplaba "la eliminación de las cotorras de la forma más barata". Sin embargo, "ahora se han establecido unos sistemas técnico-científicos menos dolorosos y cruentos" y no solo contempla el sacrificio de los ejemplares, sino también el control de la población. El 25-06-20 se publica en Plataforma Contratación

En oct/2019 se informa que que el plan se llevará a cabo en otoño de 2020 y costará entre seis y ocho euros por cotorra, por lo que la factura rondará los 100.000 €.

Plazo de ejecución

Fecha inicio proyecto: Mayo/2021. Duración: 24 meses. Fin previsto: Mayo/2023
El objetivo del plan no es reducirlas a cero, sino reducir en un 90% la población actual (estimada en 13.000 ejemplares de cotorra argentina y 770 ejemplares de cotorra de Kramer) hasta quedarse en unos 1.300 ejemplares, una cifra que se mantendrá estable controlando la población.
Ejecución del plan: Durante los 3 primeros mese: se deberán revisar los nidos para inventariar su censo y el número de ejemplares. Esto "facilitará la planificación correcta de los trabajos de control de puestas y su población".
Al mismo tiempo llevarán a cabo la captura de ejemplares con jaulas-trampa y redes "respetando la normativa de bienestar animal" y la esterilización de los huevos para su inviabilidad y la colocación de los mismos de nuevo en su lugar para evitar nuevas puestas. Esta intervención se ejecutará hasta el mes de agosto/2021, coincidiendo con el ciclo de puesta y nacimiento de las aves". Las capturas se realizarán en los nidos durante la noche, utilizaran redes abatibles, cañones lanza redes, captura con jaulas y retirada de pollos.
Se procederá a practicar “la eutanasia” a los animales, actuación que realizará un veterinario de forma rápida, indolora, empleando métodos que garanticen el mínimo sufrimiento y de manera individual.
La eliminación de nidos vacíos se llevará a cabo en el segundo año hasta la finalización del contrato.
El Ayuntamiento llevará a cabo un control biológico-sanitario con estudios veterinarios sobre los ejemplares capturados para seguir profundizando en el estudio de esta especie como vector propagador de enfermedades para estar prevenidos ante posibles brotes zoonóticos.

Datos previos

En España las cotorras argentinas y de Kramer están catalogadas como Especie Exótica Invasora (EEI) por la Ley 42/2007 sobre Patrimonio Natural y Biodiversidad y el Real Decreto 630/2013 por el que se regula el catálogo español de EEI.
La cotorra Argentina y cotorra Kramer se ha ido convirtiendo a lo largo de los últimos 30 años (los primeros avistamientos datan del año 1985) en un problema para la conservación de la biodiversidad en los parques y zonas verdes de Madrid y en un agente de riesgo para la población, por posible transmisión de enfermedades a humanos y por la peligrosidad de caída de sus grandes nidos comunales y de las ramas de los árboles que los albergan, así como una fuente constante de quejas elevadas por los vecinos que sufren las molestias ocasionadas por su comportamiento gregario.
En el censo nacional de 2015, la poblacion de cotorras argentinas a nivel nacional era 21.455, de las cuales en Madrid: 8.193 ejemplares, en Cataluña: 7.792 y en Andalucía 3.000.
La población de cotorra argentina ha aumentado un 85 % desde el año 2015 y un 665 % si se tiene como referencia 2005. El número de quejas vecinales se ha incrementado un 136 % desde 2018, siendo Latina, Usera y Carabanchel los distritos donde más número de reclamaciones se contabilizan.
Por su comportamiento invasor desplazan a otras aves autóctonas como los gorriones. Además de ser vectores de transmisión de enfermedades, los hasta 200 kilos que alcanzan sus nidos ponen en riesgo la seguridad de los ciudadanos en caso de desprendimiento
Madrid ciudad es el territorio del país con más población de cotorras argentinas: el censo de 2019 determina un número de 13.000 ejemplares (se estima que es el 50% del total nacional)

En el distrito de Barajas sólo se han contabilizado ejemplares en la Alameda: se contaron 33 apoyos con nido, todos ellos cedros, que daban soporta un total de 92 nidos y 160 cámaras. Se estima una población de 190-218 individuos, representando el 1,7% de la población total de Madrid. Sólo 7 de los 33 apoyos se localizaron en suelo de uso público, los 26 restantes se encontraron en zonas privadas que corresponden a un club de tenis y a zonas ajardinadas que pertenecen a comunidades formadas por bloques de edificios.
En el censo de 2019 la población ha crecido más del doble respecto a 2016, con un aumento de más de 100 cotorras y localizándose 19 apoyos y 57 nidos más.


Censo 2019 por distritos

Censo 2019 por barrios -mayor número de ejemplares-

Censo 2019. Detalle de la Alameda

Mapa distribución en Madrid

Arboles en Pl. Navio, may/2021

Arboles en Pl. Goleta, may/2021

Arboles junto a Pl. Goleta, may/2021

Cotorra argentina y cotorra de Kramer

La cotorra argentina (Myiopsitta monachus) como su nombre indica, viene de Sudamérica. Es de color verde con la punta de las alas de un azul cielo (Se ven sobre todo en vuelo). Frente, garganta y pecho de color gris. Pico claro.
La cotorra de Kramer (Psittacula krameri) proviene de África y Asia. Es de color verde por completo (con ligeros tonos amarillos). Tiene una cola larguísima. El pico es de color rojo vivo en la parte superior y negro en la inferior. Los machos adultos, además, tienen un "collar" de color oscuro por debajo del pico que se va tornando claro por la parte de la nuca (las hembras y los jóvenes no lo tienen).
En ambos casos estas especies llegaron a España por el comercio dirigido a tiendas de animales y núcleos zoológicos, y su existencia y nidificación en libertad empezó a causa de liberaciones accidentales o intencionadas, aproximadamente en el año 1983.
Según datos del censo confeccionado por la organización SEO/Birdlife, se estima que en el año 2015 había en España alrededor de 20.000 cotorras argentinas y 3.000 cotorras de Kramer

Tanto la cotorra argentina como la cotorra de Kramer son especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, regulado por el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto. La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad define como especie exótica invasora toda aquella “que se introduce o establece en un ecosistema o hábitat natural o seminatural y que es un agente de cambio y amenaza para la diversidad biológica nativa, ya sea por su comportamiento invasor, o por el riesgo de contaminación genética” (art. 3.13 de la Ley).
Según el art. 64.1 de dicha ley se incluirán en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras “aquellas especies y subespecies exóticas invasoras que constituyan una amenaza grave para las especies autóctonas, los hábitats o los ecosistemas, la agronomía o para los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural”.
La inclusión en dicho Catálogo implica “la prohibición genérica de posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos, de sus restos o propágulos que pudieran sobrevivir o reproducirse, incluyendo el comercio exterior” (art. 64.5 de la Ley) y también la autorización por parte de las autoridades competentes de “métodos y condiciones de captura (…) para el control, gestión y posible erradicación” de estas especies (art. 10.5 del Real Decreto).
Estas medidas de control poblacional deberán hacerse “teniendo en cuenta criterios de selectividad y bienestar animal” (art. 10.5 del Real Decreto).
Según el Reglamento (UE) nº 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, sobre la prevención y la gestión de la introducción y propagación de especies exóticas invasoras, debe priorizarse el uso de procedimientos inocuos para la vida de los animales que, además, se hagan procurando al máximo su bienestar.
Contrariamente a estos reglamentos en algunas ciudades (por ejemplo Zargoza y Sevilla) se han eliminado en base a disparos de carabina hasta que hubo protestas de contra dichos sistemas.

Cotorra argentina

Cotorra de Kramer